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Trámites

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Solicitud de Préstamo al Fondo de Financiamiento para la Minería- FOFIM para Mecanización hasta Bs500.000,00

Procedimiento 1. El trámite se inicia con la presentación de una solicitud de préstamo detallado en el Reglamento de Préstamos para la Mecanización. 2. La Dirección de Asuntos Jurídicos y a la Dirección Administrativa Financiera verificara la legalidad y cumplimiento de los requisitos establecidos y efectuara un análisis técnico y económico sobre la documentación presentada. 3. Con la viabilidad de los informes de la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección Administrativa Financiera, la Dirección Integral de Préstamos realizará una verificación IN SITU para constatar las reservas del yacimiento, explotación - beneficio, infraestructura, maquinaria y equipos, garantía ofrecida e impacto social y medioambiental. 4. La Dirección Integral de Préstamos evaluará los resultados obtenidos en la verificación IN SITU y procederá a evaluar la garantía ofrecida por la Cooperativa Minera para establecer la relación garantía - préstamo 1:1 y la evaluación del Riesgo. 5. La Dirección de Asuntos Jurídicos evaluara la legalidad de las Garantías presentadas por la Cooperativa Minera. 6. Una vez aprobado la solicitud de préstamo por la Dirección Integral de Préstamos y la Dirección de Asuntos Jurídicos, la Dirección General Ejecutiva convocara a Comité de Prestamos quien aprobará o rechazara la solicitud de préstamo emitiendo una Resolución. 7. La Resolución del Comité de Préstamos serán remitidos al Directorio del FOFIM quien en estricto cumplimiento al Decreto Supremo N° 0233, aprobará o rechazará la otorgación del préstamo de acuerdo a criterios de elegibilidad, política institucional y disponibilidad de recursos financieros, emitiendo la correspondiente Resolución de Directorio. 8. En caso de aprobarse la solicitud de préstamo, la Dirección General Ejecutiva del FOFIM instruirá al área legal elaborar el Contrato de Préstamo donde deberá contener todos los términos, formalidades y seguridades que correspondan. El mismo deberá ser firmado por los representantes legales, tanto del beneficiario como del FOFIM. 9. Se efectuará el desembolso después de haberse inscrito las garantías ofrecidas por el beneficiario ante las instancias pertinentes después de haberse firmado y perfeccionado el Contrato de Préstamo. 10. El FOFIM, realizará periódicamente y de acuerdo a necesidad la supervisión y seguimiento de los proyectos financiados, de manera enunciativa, pero no limitativa. 11. La documentación presentada goza de absoluta confidencialidad y no será devuelta bajo ninguna circunstancia, hasta que el préstamo sea cancelado en su totalidad, dicha documentación será resguardada en el área legal del FOFIM. 12. Mayor detalle se puede encontrar en el Reglamento Operativo para Préstamos del FOFIM, instrumento que puede ser proporcionado por los profesionales de la entidad conforme a lo requerido.

Modalidades | Virtual Presencial

Solicitud de Préstamo al Fondo de Financiento para la Mineria- FOFIM

Procedimiento 1. El trámite se inicia con la presentación de una solicitud de préstamo detallado en el Reglamento Operativo para Préstamos. 2. La Dirección de Asuntos Jurídicos del FOFIM, revisara la documentación presentada y verificara la legalidad y cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo para Préstamos. 3. Verificado el cumplimiento de los requisitos la Dirección Integral de Préstamos revisará y evaluará un análisis técnico y económico sobre la documentación presentada. 4. La Dirección Administrativa Financiera verificara la existencia de recursos para la otorgación del préstamo solicitado. 5. Con la viabilidad de los informes de la Dirección Integral de Préstamos y la Dirección de Asuntos Jurídicos, se realizará una verificación IN SITU para constatar las reservas del yacimiento, explotación - beneficio, infraestructura, maquinaria y equipos, garantía ofrecida e impacto social y medioambiental. 6. La Dirección Integral de Préstamos evaluará los resultados obtenidos en la verificación IN SITU y procederá a evaluar la garantía ofrecida por la Cooperativa Minera para establecer la relación garantía - préstamo 1:1. 7. Una vez aprobado la solicitud de préstamo por la Dirección Integral de Préstamos y la Dirección de Asuntos Jurídicos, la Dirección General Ejecutiva convocara a Comité de Prestamos quien aprobará o rechazara la solicitud de préstamo emitiendo una Resolución. 8. La Resolución del Comité de Préstamos serán remitidos al Directorio del FOFIM quien en estricto cumplimiento al Decreto Supremo N° 0233, aprobará o rechazará la otorgación del préstamo de acuerdo a criterios de elegibilidad, política institucional y disponibilidad de recursos financieros, emitiendo la correspondiente Resolución de Directorio. 9. En caso de aprobarse la solicitud de préstamo, la Dirección General Ejecutiva del FOFIM instruirá al área legal elaborar el Contrato de Préstamo donde deberá contener todos los términos, formalidades y seguridades que correspondan. El mismo deberá ser firmado por los representantes legales, tanto del beneficiario como del FOFIM. 10. Se efectuará el desembolso después de haberse inscrito las garantías ofrecidas por el beneficiario ante las instancias pertinentes después de haberse firmado y perfeccionado el Contrato de Préstamo. 11. El FOFIM, realizará periódicamente y de acuerdo a necesidad la supervisión y seguimiento de los proyectos financiados, de manera enunciativa, pero no limitativa. 12. La documentación presentada goza de absoluta confidencialidad y no será devuelta bajo ninguna circunstancia, hasta que el préstamo sea cancelado en su totalidad, dicha documentación será resguardada en el área legal del FOFIM. 13. Mayor detalle se puede encontrar en el Reglamento Operativo para Préstamos del FOFIM, instrumento que puede ser proporcionado por los profesionales de la entidad conforme a lo requerido.